Es imprescindible leer la información que se detalla a continuación
TOME PREVISIONES, REALICE LOS TRÁMITES CON TIEMPO
• Si es solicitante de una beca a una institución en su país, consulte al final de esta información.
Requisitos de acceso
Para solicitar plaza en un máster universitario es necesario tener un título homologado de:
- Licenciado, ingeniero, arquitecto.
- Titulación de grado de la nueva estructura de estudios que se impartirá en el marco del Espacio Europeo de Enseñanza Superior.
También pueden acceder al programa de máster universitario con el título de:
- Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico. En estos casos el título que se obtendrá no dará acceso posteriormente a un programa de doctorado.
Acceso con título universitario extranjero
Las personas con título extranjero pueden acceder a un máster universitario, siempre que obtengan la homologación previa de un título que les permita el acceso o, sin homologación, con la comprobación previa de que estos estudios acreditan un nivel de formación equivalente a los títulos estatales de grado y que faculten, en el país en el que se expidió el título, para acceder a estudios de máster.
La solicitud de reconocimiento del nivel de formación tiene que ir acompañada de la siguiente documentación en el momento de solicitar el acceso:
1. Alumnos con titulación extranjera de países miembros de la Unión Europea
Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia. También Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Documentos:
a. Título universitario.
b. Certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título en la que constan: la duración en años académicos del programa de estudios seguido, las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada asignatura y las calificaciones de cada asignatura.
En el caso de que la lengua del redactado original del título NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, habrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos mencionados, que se podría hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
2. Alumnos con titulación extranjera de países NO miembros de la Unión Europea
Documentos:
a. Título universitario legalizado por vía diplomática.
La legalización por vía diplomática de los títulos académicos es obligatoria para todas las titulaciones extranjeras según las siguientes condiciones:
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961: es suficiente con la legalización única o Postila de La Haya (legalización abreviada). Cada país emite el sello a través de un determinado organismo, como por ejemplo el Ministerio de Asuntos Exteriores. (1)
Los países que han suscrito el Convenio de la Haya son:
Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Azerbaiján, Australia, Bahamas, Barbados, Belice, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brunei-Darussalam, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Fidji, Georgia, Granada, Honduras, Hong Kong, India, Islas Marshall, Isla Mauricio, Isla Niue, Islas Cook, Israel, Japón, Kazajstán, Lesotho, Liberia, Macao, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Malawi, México, Moldavia, Mónaco, Namibia, Nueva Zelanda, Panamá, Puerto Rico, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Seychelles, Suiza, Serbia y Montenegro, Sudáfrica, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela, Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas, Aruba); Reino Unido (Anguila, Bahía de Jersey, Bailía de Guernesey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turku y Caicos, Islas Vírgenes).
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello: es necesario obtener la legalización por vía diplomática; se necesitarán tres sellos: el del Ministerio de Educación del país emisor del título, el del Ministerio de Asuntos Exteriores del país en cuestión y el de la representación diplomática o consular española en el país emisor del título. (1)
Los países que han suscrito el Convenio Andrés Bello son: Argentina, Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.
(1)En el caso que el país haya suscrito ambos convenios (el Convenio de La Haya y el Convenio Andrés Bello, como por ejemplo Panamá y Venezuela), será válida cualquiera de las dos legalizaciones.
- Los países que no han suscrito ninguno de estos convenios tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Educación y el de la embajada o consulado de España en su país, a excepción de los países siguientes:
Brasil: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Universidad que ha emitido el título en vez del sello del Ministerio de Educación.
China: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Universidad que ha emitido el título en vez del sello del Ministerio de Educación (siempre y cuando se vea claramente en la traducción jurada cada uno de los sellos que se solicitan).
República Dominicana: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Secretaría General de Educación en vez del sello del Ministerio de Educación.
a. Original o Fotocopia compulsada del certificado del expediente académico.
En el caso de que la lengua del redactado original del título y/o expediente académico NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, se tendrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos mencionados, que se podrá hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
Se pueden requerir, además, otros documentos que se consideren necesarios para la acreditación de la equivalencia entre la formación que ha conllevado el título extranjero aportado y la que se exige para la obtención del correspondiente título español de grado, incluyendo, si procede, los programas de las asignaturas en las que se refleje el contenido y la amplitud con la que se cursaron, o la documentación académica que acredite que los estudios facultan en el país expedidor del título para acceder a estudios de máster.
En caso de que haya dudas sobre la autenticidad, validez o contenido de los documentos aportados, se pueden hacer las diligencias necesarias para su comprobación, así como dirigirse a la autoridad competente expedidora para validar los extremos dudosos.
La resolución de la solicitud de reconocimiento del nivel de formación no implica otorgar una plaza universitaria. El otorgamiento de la plaza depende de la resolución de admisión.
La admisión en un máster universitario no significa el reconocimiento ni la homologación del título previo, pero, una vez superados los estudios, el título de máster que se obtenga sí tendrá plena validez universitario.
Normativa académica
Matrícula
Los estudiantes se tienen que matricular obligatoriamente de todos los créditos del máster.
El estudiante tiene que formalizar la matriculación del máster dentro de los plazos fijados por ELISAVA y es necesario aportar los originales tanto del título como del certificado del expediente académico con todos los requerimientos especificados anteriormente. Esta documentación es imprescindible a la hora de formalizar la matrícula.
La aceptación de la solicitud por parte de ELISAVA va condicionada a la veracidad de los datos consignados en la solicitud, al cumplimiento por parte del estudiante de los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al máster mediante los originales de la documentación y al pago completo de la matrícula en la forma y plazos establecidos.
Anulación de matrícula
La fecha límite para solicitar la anulación de matrícula es el 29 de noviembre del 2010. La anulación de matrícula tiene los mismos efectos que si el estudiante no se hubiera matriculado.
La anulación de matrícula no comporta la devolución del importe.
Permanencia
Para continuar los mismos estudios, los estudiantes deberán haber superado, como mínimo, el 50% de los créditos correspondientes a las materias de las que se hayan matriculado al máster.
Simultaneidad
Los estudiantes con estudios iniciados de máster que quieran iniciar o reincorporarse a otro máster o a un grado en la UPF para cursarlo simultáneamente con los anteriores tienen que solicitar la concesión de la simultaneidad de estudios.
Reincorporación
Los estudiantes que hayan abandonado los estudios a ELISAVA porque no han formalizado la matrícula durante dos cursos consecutivos y que quieran reemprender los estudios abandonados tienen que solicitar su readmisión, y esta tiene que ir acompañada de la documentación acreditativa de los motivos por los cuales se solicita, siendo requisito imprescindible no haber agotado en ningún caso el régimen de permanencia de la UPF. Para más información, podéis consultar la siguiente página web de la Universitat Pompeu Fabra.
http://www.upf.edu/sgen/normativa/propia/9bis.htm
Procedimiento a seguir
Para cursar el programa de máster universitario en el curso 2010-11, es necesario leer y realizar los siguientes pasos:
PRIMERO Solicitud de validez académica
SEGUNDO Solicitud de preinscripción
TERCERO Preinscripción
CUARTO Admisión
QUINTO Pago del importe correspondiente
SEXTO Lista de espera (si no hay suficientes plazas para el curso)
SÉPTIMO Matriculación
>> PRIMERO. Solicitud de validez académica
Una vez haya leído atentamente los requisitos de acceso y la normativa académica, podrá solicitar la validez académica. Para realizarlo, tendrá que:
1. Rellenar todos los datos del formulario de solicitud de esta web (encontrará el acceso al final de este documento).
2. Adjuntar la siguiente documentación escaneada en formato pdf:
Titulaciones españolas
2.1. Original o fotocopia compulsada del título universitario o del resguardo conforme se han pagado los derechos de expedición del título.
- Sólo se aceptarán resguardos emitidos a partir del año 2000. Si son anteriores a esta fecha, es necesario presentar el título. En el caso de que no se tenga posesión del título, se tendrá que presentar un certificado de la universidad que exponga que en fecha “X” esta persona pagó los derechos de expedición del título.
- No se aceptará un expediente académico en el que se indique que se han finalizado los estudios.
2.2 Original o fotocopia compulsada del certificado académico.
- No se aceptarán documentos enviados por fax o por correo.
- No se aceptará fotocopia de una fotocopia compulsada: será necesario entregar la compulsa original.
Alumnos con titulación extranjera de países miembros de la Unión Europea
(Ver los países en el punto 1 de Requisitos de Acceso)
Documentos escaneados en pdf:
a. Original del título universitario.
b. Original del certificado del expediente académico.
En el caso de que la lengua del redactado original del título NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, se tendrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos mencionados, que se podrá hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
Alumnos con titulación extranjera de países NO miembros de la Unión Europea
(Ver el punto 2 de Requisitos de acceso)
Documentos escaneados en formato pdf:
a. Original del título legalizado por vía diplomática.
La legalización por vía diplomática de los títulos académicos es obligatoria para todas las titulaciones extranjeras según las siguientes condiciones:
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961. (1)
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello. (1)
- Países que no han suscrito ninguno de estos convenios.
b. Original del certificado del expediente académico.
En el caso de que la lengua del redactado del título NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, se tendrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos, que se podrá hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
(1) En el caso de que el país haya suscrito ambos convenios (el Convenio de La Haya y el Convenio Andrés Bello), será válida cualquiera de las dos legalizaciones.
Los documentos recibidos en formato pdf para su primera validación tendrán que llevar todos los sellos correspondientes y ser perfectamente legibles sin que dé lugar a confusión.
En el momento en el que se haya validado la documentación que enviéis, recibiréis un correo notificando si podéis continuar con vuestra prescripción, siguiendo los pasos mencionados anteriormente.
>> SEGUNDO. Solicitud de preinscripción
1. Adjuntar:
1.1 Currículum vitae
(Máximo 2 páginas en formato, PDF. Formato A4 o Carta)
1.2 Carta de expectativas
(Máximo 1 página en formato, PDF. Formato A4 o Carta)
Al finalizar la preinscripción, el sistema le proporcionará un nombre de usuario y una contraseña para que pueda hacer seguimiento a su solicitud “on line”. También lo recibirá en su correo-e.
>> TERCERO. Preinscripción
Formalizar el pago de 300,00 € correspondientes a la preinscripción:
- En efectivo, físicamente al Departamento de Administración, en: La Rambla, 30-32, 08002 Barcelona, mañanas de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 h, tardes de lunes, martes y jueves de 16:00 a 19:00 h.
- Ingreso directo al Banco Santander Central Hispano, o transferencia bancaria nacional o internacional al siguiente número de cuenta:
FUNDACIÓN PRIVADA ELISAVA ESCUELA UNIVERSITARIA
Banco Santander Central Hispano
Passeig de Gràcia 5, 08007- Barcelona
Núm. cuenta: 0049 1806 91 2111989710
CÓDIGO INTERNACIONAL: SWIFT (BIC): BSCHESMM
CÓDIGO IBAN: ES55 0049 1806 91 2111989710
No trabajamos con tarjetas de crédito.
En la transferencia bancaria tiene que figurar el nombre y los apellidos de la persona solicitante y el nombre del curso. Es necesario enviar el comprobante de la transferencia o ingreso por correo electrónico a: preinscripciomasters@elisava.net
La preinscripción quedará formalizada una vez recibida la solicitud, verificada la documentación requerida (CV y carta) y confirmado el ingreso del importe correspondiente.
Si lo solicita, ELISAVA enviará vía correo-e un justificante acreditativo de la preinscripción al programa.
DEVOLUCIÓN
El importe de la preinscripción se devolverá únicamente en los siguientes casos:
1. La persona preinscrita en el curso necesita un visado de estudiante y las autoridades competentes le han denegado este visado. Los gastos de transferencia bancaria van a cargo del solicitante.
2. La persona preinscrita en el programa requería una beca para satisfacer el pago de la matrícula que finalmente no ha sido concedida. Los gastos de transferencia bancaria van a cargo del solicitante.
3. El programa correspondiente a esta preinscripción ha sido cancelado por ELISAVA antes de su inicio.
NOTA: En los casos 1 y 2 se exigirá la presentación de documentación acreditativa.
GARANTÍA DE PLAZA
La preinscripción no garantiza plaza en ningún curso.
Únicamente dispondrán de plaza asegurada los alumnos admitidos y que hayan efectuado el pago de la totalidad del importe de la matrícula en el plazo de tiempo indicado (ver el apartado: >> QUINTO. Pago).
PLAZOS DE PREINSCRIPCIÓN
- Primer periodo hasta el 30 de mayo de 2010.
- Segundo periodo hasta el 5 de septiembre de 2010.
>> CUARTO. Admisión
Las plazas son limitadas.
El procedimiento de selección y aceptación al curso se basará en la evaluación de los documentos entregados, así como en la fecha de recepción de la preinscripción.
PREINSCRIPCIÓN
Una vez concluido el período de preinscripción ordinaria, hasta el 30 de mayo de 2010, se procederá a la selección de los candidatos admitidos para cada curso. ELISAVA notificará la admisión de forma individual, a partir del 16 de junio de 2010, a través de la web, vía correo-e y por correo postal.
Los envíos por servicio de mensajería (courier) corren a cargo del aspirante y deben ser gestionados desde su país de origen.
La no-admisión será notificada sólo a través de la web y por correo-e
(sólo en el caso de existir plazas vacantes en un curso).
Los estudiantes extranjeros con nacionalidad no UE, no tendrán opción al plazo extraordinario a menos que tengan visado aprobado y lo demuestren.
Mientras haya plazas o hasta el 5 de septiembre, permanecerá abierta la preinscripción a través de la web.
Se estudiarán las candidaturas y, en un plazo aproximado de 15 días desde la verificación de la documentación y el pago del importe de la preinscripción, se procederá a la selección de los candidatos para cada curso. ELISAVA notificará la admisión a través de la web, vía correo-e y por correo postal.
Los envíos por servicio de mensajería (courier) corren a cargo del aspirante y deben ser gestionados desde su país de origen.
La no-admisión será notificada sólo a través de la web y por correo-e.
>> QUINTO. Pago
Una vez admitida su candidatura debe formalizar el importe correspondiente en el plazo de 15 días naturales para asegurar su plaza en el curso.
En caso de no pagar en este período de tiempo, si se han completado las plazas pasará a la lista de Espera, hasta que le informemos si queda una vacante.
> Pago.
• El candidato, una vez informado de su admisión vía correo electrónico y dentro de los siguientes 15 días naturales, tendrá que formalizar el importe total del máster, descontando el importe de la preinscripción.
Los datos bancarios para la formalización de los pagos son:
FUNDACIÓN PRIVADA ELISAVA. ESCUELA UNIVERSITARIA
Banco Santander Central Hispano
Passeig de Gràcia 5, 08007- Barcelona
Núm. cuenta: 0049 1806 91 2111989710
CÓDIGO INTERNACIONAL: SWIFT (BIC): BSCHESMM
CÓDIGO IBAN: ES55 0049 1806 91 2111989710
No trabajamos con tarjetas de crédito.
También puede efectuar el ingreso en efectivo en el departamento de Administración de ELISAVA (mañanas de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas, y tardes de lunes, martes y jueves de 16:00 a 19:00 horas.)
Es requisito necesario hacer constar en el ingreso el nombre del solicitante y el curso, y hacer llegar una copia del comprobante por correo-e a: preinscripciomasters@elisava.net.
IMPORTANTE
En el caso de no efectuar el pago de la totalidad del importe de la matrícula en el plazo establecido de 15 días naturales, la plaza podría ser ocupada por otro candidato si estuviera abierta la lista de espera.
DEVOLUCIÓN
El importe de la matrícula se devolverá únicamente en los casos siguientes:
1. La persona admitida en el curso necesita un visado de estudiante y las autoridades competentes le han denegado este visado. (Los gastos de transferencia bancaria van a cargo del solicitante).
2. La persona admitida en el programa requería una beca o crédito para satisfacer el pago de la matrícula que finalmente no ha sido concedida. (Los gastos de transferencia bancaria van a cargo del solicitante).
3. El curso correspondiente a esta admisión ha sido cancelado por ELISAVA antes de su inicio.
4. Si decide no hacer el curso y lo notifica con 01 mes de antelación, se devolverá el 85% del importe de la matrícula. Pasado este plazo, no hay posibilidad de devolución, aunque este pago se podría utilizar para un futuro curso en ELISAVA.
NOTA: En los casos 1 y 2 se exigirá la presentación de documentación acreditativa.
>> SEXTO. Lista de espera
En el momento en que en un Máster o Postgrado no queden plazas disponibles, se abrirá una Lista de Espera.
Los candidatos registrados en esta lista tendrán el derecho de optar a plazas que queden vacantes.
ACCESO A LA LISTA DE ESPERA
Formarán parte de la Lista de Espera los candidatos que, aun siendo seleccionados, no obtuvieron plaza.
1. Serán informados a través de la web y por correo-e.
2. Deberán esperar el resultado de su admisión al curso, sujeta a disponibilidad de plazas.
3. La admisión será informada cuando quede vacante una plaza y no tendrá fecha concreta.
RETORNO DEL IMPORTE EN CASO DE NO CONSEGUIR PLAZA
Sólo en caso de no conseguir plaza en el curso, ELISAVA se compromete a devolver la totalidad del importe pagado por el candidato.
>> SÉPTIMO. Matriculación
Para la inscripción en el curso, se deberá efectuar el pago indicado en la carta de admisión.
El proceso de matriculación en el Máster o Postgrado se completará una o dos semanas antes del inicio del curso, según se indique en la carta de admisión, en la Unidad de Gestión Académica de Lunes a Viernes, de 10.00 a 13.00 horas y de 16.00 a 19.00 horas.
Es imprescindible formalizar la matrícula en ELISAVA aportando personalmente la documentación requerida.
Si no realiza este trámite no quedará matriculado en el curso.
DOCUMENTACIÓN
1. 2 fotocopias del DNI por las dos caras o pasaporte.
2. 1 fotografía medida carné: 2,5 x 3 cm. (aprox.)
3. Original o fotocopia compulsada del título universitario o del resguardo conforme se han pagado los derechos de expedición del título*.
- Sólo se aceptarán resguardos emitidos a partir del año 2000. Si son anteriores a esta fecha, es necesario presentar el título. En el caso de que no se tenga posesión del título, se tendrá que presentar un certificado de la universidad que exponga que en fecha X esta persona pagó los derechos de expedición del título.
- No se aceptará un expediente académico en el que se indique que se han finalizado los estudios.
1. Original o fotocopia compulsada del certificado del expediente académico**.
- No se aceptarán documentos enviados por fax o por correo.
- No se aceptará fotocopia de una fotocopia compulsada: será necesario entregar la compulsa original
* Se puede presentar el original: ELISAVA lo fotocopiará y compulsará, y lo devolverá al solicitante.
** Certificado del expediente académico: Documento certificado, emitido por la universidad o institución correspondiente que reúne todas las asignaturas y calificaciones de los estudios realizados y está firmado por la autoridad competente.
Una vez verificada la documentación y comprobado el pago del importe correspondiente, ELISAVA entregará el justificante de la matrícula al estudiante, así como el carné que lo acredita como tal.
Alumnos con titulación extranjera de países miembros de la Unión Europea
Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia. También Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Documentos:
a. Original del título universitario.
b. Original del certificado del expediente académico.
En el caso de que la lengua del redactado original del título NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, habrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos mencionados, que se podría hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
Alumnos con titulación extranjera de países NO miembros de la Unión Europea
Documentos:
a. Título universitario legalizado por vía diplomática.
La legalización por vía diplomática de los títulos académicos es obligatoria para todas las titulaciones extranjeras según las siguientes condiciones:
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961: es suficiente con la legalización única o Postila de La Haya (legalización abreviada). Cada país emite el sello a través de un determinado organismo, como por ejemplo el Ministerio de Asuntos Exteriores. (1)
Los países que han suscrito el Convenio de la Haya son:
Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Azerbaidzhan, Australia, Bahamas, Barbados, Belice, Bielorrusia, Bosnia-Herzegovina, Botswana, Brunei-Darussalam, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos de América, Federación Rusa, Fidji, Georgia, Granada, Honduras, Hong Kong, India, Islas Marshall, Isla Mauricio, Isla Niue, Islas Cook, Israel, Japón, Kazajstán, Lesotho, Liberia, Macao, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Malawi, México, Moldavia, Mónaco, Namibia, Nueva Zelanda, Panamá, Puerto Rico, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y Granadinas, Santa Lucía, Seychelles, Suiza, Serbia y Montenegro, Sur-África, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania y Venezuela. Extensiones: Países Bajos (Antillas Holandesas, Aruba); Reino Unido (Anguila, Badía de Jersey, Bailía de Guernesey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos, Islas Vírgenes).
- Documentos expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello: es necesario obtener la legalización por vía diplomática; se necesitarán tres sellos: el del Ministerio de Educación del país emisor del título, el del Ministerio de Asuntos Exteriores del país en cuestión y el de la representación diplomática o consular española en el país emisor del título. (1)
Los países que han suscrito el Convenio Andrés Bello son: Argentina, Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela.
(1)En el caso que el país haya suscrito ambos convenios (el Convenio de La Haya y el Convenio Andrés Bello, como por ejemplo Panamá y Venezuela), será válida cualquiera de las dos legalizaciones.
- Los países que no han suscrito ninguno de estos convenios tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Educación y el de la embajada o consulado de España en su país, a excepción de los países siguientes:
Brasil: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Universidad que ha emitido el título en vez del sello del Ministerio de Educación.
China: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Universidad que ha emitido el título en vez del sello del Ministerio de Educación (siempre y cuando se vea claramente en la traducción jurada cada uno de los sellos que se solicitan).
República Dominicana: tendrán que legalizar los diplomas con el sello del Ministerio de Asuntos Exteriores, el de la embajada o consulado de España en su país, y se admite el sello de la Secretaría General de Educación en vez del sello del Ministerio de Educación.
a. Original o Fotocopia compulsada del certificado del expediente académico.
En el caso de que la lengua del redactado original del título y/o expediente académico NO sea castellano, catalán, inglés, francés, italiano o portugués, se tendrá que adjuntar una traducción jurada de los dos documentos mencionados, que se podrá hacer:
- Por un traductor jurado (autorizado o inscrito en España).
- Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por una representación diplomática o consular en España del país emisor del documento.
>> TRAMITACIÓN DE BECAS
Becas MAE/AECI
- Las becas MAE/AECI son válidas para estudios que se inician entre septiembre de 2011 y julio de 2012.
- La recepción de solicitudes de pre admisión por parte de ELISAVA para becas MAE/AECI será hasta el 12 de diciembre de 2010, tanto si las becas MAE/AECI han abierto o no su convocatoria.
Beca general o de movilidad del Ministerio de Educación y Ciencia
Los impresos para solicitar esta beca los encontrarás en el estanco y puedes entregarlos en el momento de formalizar tu matrícula en la Secretaría Académica de la Escuela, debidamente cumplimentados y adjuntando la documentación requerida según las instrucciones que se encuentran dentro de la beca.
>> SOLICITUD DE PRE-ADMISIÓN PARA TRAMITAR BECAS
Es importante que esté informado de las posibles instituciones que le podrían otorgar una beca.
Consulte la institución que otorga la beca, en caso de ser aprobada, a partir de qué fecha podrá iniciar los estudios.
En función de lo anterior seleccione lo que corresponda a su caso:
1. Máster Universitario con inicio en septiembre/octubre 2010
Si solicita beca en su país para iniciar estudios en el Máster Universitario en septiembre/octubre 2010 deberá:
• Solicitar preinscripción a través de la web de ELISAVA: www.elisava.net, cumplir todos los pasos según la información y condiciones expresadas anteriormente.
• Especificar en la carta de expectativas que está tramitando una beca y el nombre de la institución que la otorgará.
2. Para cursos con inicio en septiembre/octubre 2011
Si solicita beca en su país, para iniciar estudios en el Máster Universitario en septiembre/octubre 2010 deberá:
• Solicitar pre-admisión al siguiente correo-e: preinscripciomasters@elisava.net
• Le enviaremos, vía correo electrónico, una solicitud de pre-admisión. Deberá tener preparada la siguiente documentación en idioma Catalán o Castellano:
- Currículum vitae. (Máximo 2 páginas A4 o Carta, en formato PDF)
- Carta de expectativas. (Máximo 1 página A4 o Carta, en formato PDF)
• Una vez estudiada su solicitud le enviaremos vía correo-e y correo postal la carta de pre-admisión (15 a 30 días).
• Los trámites para solicitud de becas para el período 2011-2012 no requieren pago.
• La recepción de solicitudes de pre-admisión para becas será hasta el 20 de febrero de 2011 (a excepción de becas MAE: hasta el 12/12/2010).
3. Becas MAE/AECI
• Las becas MAE/AECI son válidas para estudios que inicien en septiembre/octubre 2011.
• La recepción de solicitudes de pre-admisión para becas MAE/AECI será hasta el 12 de diciembre de 2010, aunque becas MAE/AECI haya abierto o no su convocatoria.
• Para solicitar pre-admisión deberás seguir el punto: “2. Para cursos con inicio en septiembre/octubre 2011”.
ELISAVA se reserva la posibilidad de introducir cambios en la programación, así como el derecho de suspender el curso dos semanas antes de su inicio si no se alcanza la cifra mínima de participantes, sin otra obligación que la devolución de las cantidades satisfechas a cada participante.
MUY IMPORTANTE
Los cursos se imparten en idioma Catalán/Castellano.
Es requisito indispensable: comprender, hablar, leer y escribir uno de los dos para ser admitido.
Para aprobar el curso, además de cumplir con los ejercicios, proyectos y exámenes, es indispensable asistir al 80% de las clases. No es posible justificar faltas por trabajo.
Estudiantes Extranjeros de países no U.E.:
Los visados de estudios son autorizados o denegados por una comisión del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Es obligación del estudiante informarse en los consulados de España de los requisitos y plazos para la obtención del visado y presentar de forma oportuna la solicitud.
Elisava en previsión genera las admisiones con tiempo suficiente, descritos en este documento.